Los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales podrán emplear armas electrónicas no letales así lo determinó el gobierno, quien aprobó el reglamento para el empleo de pistolas taser. La decisión se comunicó a través de la resolución 395/2019, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial. En los considerandos de la norma, el Ministerio de Seguridad argumentó que la Ley Nacional de Armas y Explosivos "determina que las armas electrónicas que solo produzcan efectos pasajeros en el organismo humano sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento, están contempladas taxativamente dentro de la Categoría de 'Armas y Municiones de Uso Civil'".

Y agregó: "La incorporación de armas electrónicas de uso no letal permitirá abordar situaciones operacionales en las que resulte necesaria la utilización de la fuerza sin el empleo de armas de fuego, siendo un medio intermedio para ejercer un uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrentamientos con personas violentas o amenazantes, brindando a las fuerzas policiales y de seguridad federales una opción táctica adicional en reemplazo de las armas de fuego".

El reglamento que figura en el anexo de la resolución no da precisiones sobre este aspecto, pero indica que solo se podrán usar "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos", en los siguientes casos:

a) Para inmovilizar, proceder a la detención o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de auto lesionarse.

b) Cuando deba ejercerse la legítima defensa propia o de terceras personas.

c) Para impedir la comisión de un delito de acción pública.

La norma entiende que hay tres tipos de situaciones de "peligro inminente": "Cuando existan conductas amenazantes que pongan en peligro la integridad física del agente o de terceras personas; cuando se manifiesten conductas violentas que indiquen la inminencia de un ataque al agente o a terceras personas; o cuando el número de los ofensores o la imprevisibilidad de la agresión esgrimida impida materialmente el debido cumplimiento del deber, o la capacidad para ejercer la defensa propia o de terceras personas".

Asimismo, el protocolo también aclara que, ante la necesidad de emplear estas armas, los oficiales deberán identificarse como tales a viva voz y advertir su inmediata intervención, "salvo que dicha acción pueda suponer un riesgo de lesiones para otras personas, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso".

En los fundamentos de la resolución, el Ejecutivo hizo referencia a los resultados obtenidos en los estudios médicos y técnicos realizados en universidades como las de California (UCSD) y Winston-Salem de los Estados Unidos, y por el Instituto de Medicina Legal de Málaga, España, "donde se concluye que el empleo de las armas electrónicas no tiene efectos letales sobre las personas".

A través del texto, que lleva la firma de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, se instruyó a las autoridades de la Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Naval y Gendarmería "a que procedan a la inmediata implementación de cursos de capacitación específica" para el uso de estas armas.

 

 

 

 

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